Subasta 938, Lote # 110 AC1815 - Calleja del Rey, Félix María. Real Cédula: Para que no se olviden ni interrumpan los servicios de Fiscales de Doctrina. "... me hizo presente D. Ángel Alonso y Pantiga... los perjuicios que se experimentaban por haber abolido las Cortes los servicios que hacian los Indios de Fiscales de Doctrina... proponiendome como indispensable el que mandase renovar la observancia... por Decreto de las llamadas Cortes de nueve de Noviembre de mil ochocientos y doce quedaron eximidos los Indios de todo servicio personal a cualesquiera Corporacion o funcionarios públicos, o Curas Párrocos, como no se abolieron expresamente los servicios que hacen de Fiscales de Doctrina, ni se derogó... por lo que para evitar siniestras interpretaciones, y considerando lo mucho que importa a nuestra santa Religión, a la política y bien del Estado, el que no se olviden ni interrumpan, antes bien se conserven y fomenten... México a 7 de Octubrede 1815. Félix Calleja (rúbrica).". Una hoja, 43 x 31 cm. Estimado $6,000-8,000
|